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Reconocer y poner en valor la voz de las mujeres con discapacidad

Hoy 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, el Observatorio Estatal de la Discapacidad se suma al lema establecido por Naciones Unidas para reivindicar una sociedad en la que se reconozca y se ponga en valor la voz de las mujeres: “mujeres líderes: por un futuro igualitario en el mundo de la Covid-19”. En concreto, reivindicamos que las mujeres con discapacidad estén presentes y lideren todos aquellos ámbitos que forman parte de su trayectoria vital. Es necesario, tal como exigen las mujeres con discapacidad, garantizar un acceso equitativo a los servicios de salud; implementar políticas públicas de empleo que tengan presente la igualdad de las mujeres por razón de género y de discapacidad; que se reconozca públicamente las violaciones de derechos humanos que han sufrido en nuestro país miles de niñas y mujeres con discapacidad esterilizadas sin su consentimiento en el pasado y en el presente, y que se aprueben medidas para resarcir el daño ocasionado por estas prácticas contrarias a los derechos humanos*.

Por otra parte, es fundamental reconocer el trabajo de los cuidados y ofrecer a las familias y en especial a las mujeres (madres, esposas, hijas, hermanas…) que cuidan espacios de respiro, información, formación y apoyos para el cuidado. Así como, garantizar la prestación de apoyos, materiales y humanos, para su autonomía personal, vida independiente e inclusión comunitaria.

Este Observatorio insiste en la importancia de incorporar una perspectiva transversal de género y discapacidad en las distintas actuaciones que se llevan a cabo por parte de la Administración Pública.

*Fundación CERMI- Mujeres.  Manifiesto Feminista de las Mujeres con Discapacidad: “nosotras también somos mujeres”.

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Día Internacional de los Derechos Humanos: las desventajas en el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad

El 10 de diciembre de 1948, en su resolución 217 A (III),  la Asamblea de General de las Naciones Unidas (ONU) adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Declaración). En el preámbulo reconoce que todos los pueblos y naciones deben esforzarse a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universal y efectivos. Así, el artículo 2 regula:

“toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Desde que se adoptó la Declaración, el Sistema Jurídico de los Derechos Humanos se ha desarrollado progresivamente y se han elaborado y ratificado nueve Instrumentos internacionales de los Derechos Humanos. Entre ellos, en 2006, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Convención).

En el preámbulo de la Convención, se reconoce que la Declaración ya había reconocido y proclamado que toda persona tiene los derechos y libertades enunciados en este instrumento. Además reafirma la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales así como la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación. Ambas afirmaciones vienen a recordar que los Derechos de las personas con discapacidad son Derechos Humanos.

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