Brecha salarial de las mujeres y hombres con discapacidad

PorOED

Brecha salarial de las mujeres y hombres con discapacidad

En este 22 de febrero que se celebra el Día Europeo por la Igualdad Salarial entre Hombres y Mujeres, resulta oportuno recordar la situación de especial vulnerabilidad que viven las mujeres con discapacidad.


Antes de apuntar datos sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres con discapacidad, es preciso señalar uno de los aspectos que más impacta en la inclusión de este colectivo: la baja participación de la personas con discapacidad en el mercado laboral. Especialmente en el caso de las mujeres con discapacidad que presentan en todas las variables relacionadas con empleo peores cifras (actividad, empleo, desempleo) que las personas sin discapacidad en edad laboral.


En 2020, la tasa de actividad de las mujeres con discapacidad se situaba en 34,6%, casi 42 puntos menos que las población sin discapacidad. La tasa de paro de las mujeres con discapacidad es de 22,4%, esto es, siete puntos superior a la de la población sin discapacidad. (INE, 2020). Las diferencias porcentuales entre varones y mujeres con discapacidad son poco significativas en este ámbito. Sin embargo, al considerar el salario que estas personas perciben, sí que se observan diferencias significativas.


De acuerdo con el Salario de las personas con discapacidad (INE, 2019), en 2019, el salario medio anual bruto de los trabajadores por cuenta ajena con discapacidad fue de 20.574,1 euros, un 2,9% más que en el año anterior. Esta cifra fue un 16,1% menor que la de las personas sin discapacidad (24.512,2 euros). En términos absolutos, la cifra es de casi 4.000 euros anuales inferior a la población sin discapacidad.


Al observar las cifras entre varones y mujeres con discapacidad, los datos indican que el salario de las mujeres con discapacidad fue de 18.863,7euros de media por trabajadora y año, mientras que para los hombres fue de 21.866,6 euros. Esto supone que la brecha salarial entre hombres y mujeres con discapacidad es del 13,7%, es decir, las mujeres con discapacidad tienen un salario inferior respecto a los varones con discapacidad en un 13,7%. Esto es en términos absolutos, representa 3.000 euros anuales menos. Sí comparamos el salario medio de las mujeres con discapacidad respecto al de las personas sin discapacidad, la diferencia se eleva hasta los 5.532 euros anuales (INE, 2019).


Esta brecha aumenta si las condiciones laborales son más precarias. Así, la brecha salarial entre hombres y mujeres con discapacidad con jornada laboral a tiempo parcial se sitúa en el 14,3% (INE, 2019).


Los datos también muestran la vulnerabilidad de las mujeres con discapacidad intelectual que perciben 2.712,60 euros anuales menos que los varones con discapacidad intelectual. Si comparamos el salario medio de las mujeres con discapacidad intelectual respecto al salario medio del colectivo de las personas con discapacidad, la cifra aumenta hasta los 9.183,40 euros anuales.

El Observatorio Estatal de la Discapacidad (OED) es un instrumento técnico al servicio de las personas con discapacidad y del resto de ciudadanos, las Administraciones Públicas, la Universidad y el Tercer Sector, para la recopilación, sistematización, actualización, generación y difusión de información relacionada con el ámbito de la discapacidad. El Informe de Olivenza es un documento de carácter general sobre la situación de las personas con discapacidad en España, realizado por el Observatorio Estatal de la Discapacidad (OED), tal como se estipula en la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad, en su artículo 73,2 (RDL 7/2013 de 29de noviembre); centrándonos en el eje económico, uno de los tres ejes que integra el sistema de indicadores elaborado para medir la inclusión social de las personas con discapacidad, se observa cómo éstas se encuentran en situación de desventaja respecto a las población en general respecto a la participación y ejercicio de sus derechos en el ámbito productivo y laboral. El OED tiene su amparo en el artículo 73 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Se configura como instrumento de promoción y orientación de las políticas públicas de conformidad con la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Las instituciones promotoras del OED son el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad y el Real Patronato sobre Discapacidad, la Comunidad Autónoma de Extremadura a través del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad y la Universidad de Extremadura.

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